Este 14 de mayo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo histórico en la lucha contra la impunidad y la violencia feminicida en México. La Primera Sala aprobó por unanimidad de votos la sentencia propuesta por la Ministra Ana Margarita Ríos Farjat en el ADR 5363/2023 sobre el caso de Fátima Varinia Quintana Gutiérrez, una niña de 12 años víctima de feminicidio en febrero de 2015 en Lerma, Estado de México, la cual reconoce la calidad de víctimas y establece medidas de reparación integral del daño.

El caso Fátima Quintana representa una década de lucha incansable por justicia por parte de su familia. Un punto clave en la batalla legal ha sido el reconocimiento formal de los padres de Fátima, Lorena Gutiérrez y Jesús Quintana como víctimas indirectas del feminicidio, algo que les fue negado previamente por el Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito. Esta negación les impidió acceder a la reparación del daño.

El proyecto de sentencia de la Ministra Ríos Farjat, planteó que la calidad de víctima indirecta debe reconocerse sin depender de formalismos, sino basada en el vínculo familiar y el impacto que el crimen tiene en los parientes cercanos.

Para conocer más detalles sobre la importancia y el alcance de este fallo histórico, entrevistamos a María de la Luz Estrada, coordinadora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), organización que acompaña a la familia de Fátima desde hace ocho años en su incansable lucha por justicia.

¿En qué consiste la sentencia?

La sentencia reconoce que la calidad de víctimas indirectas no se base en formalismos, sino en el vínculo con la víctima y el impacto en sus familiares. María de la Luz Estrada explica que, ante contextos graves de discriminación y violencia como el feminicidio, donde las víctimas directas no pueden ser restituidas a su estado anterior, la reparación debe buscar la transformación de la realidad social. Implica cambiar mentalidades en una cultura machista que reproduce estas violencias.

Por lo que, al ser aprobada esta sentencia se exhorta al gobierno del Estado de México a garantizar medidas de satisfacción y de no repetición como parte de la reparación integral del daño.

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Foto: Cuartoscuro

La sentencia contextualiza la urgencia de estas medidas refiriéndose a la alarmante situación de violencia en el Estado de México, que cuenta con dos Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM). A pesar de estos mecanismos, se reporta el asesinato de aproximadamente dos mujeres diarias en la entidad.

Entre 2022 y 2024, se registraron mil 52 asesinatos de mujeres, de los cuales solo el 28% se investigan como feminicidios, según datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Además, el Registro Nacional de Personas Desaparecidas reporta 31 mil 180 mujeres desaparecidas en la entidad, sin claridad sobre cuántas han sido localizadas.

 ¿Qué medidas de reparación contempla?

La sentencia presenta medidas que la Corte podría exhorte al gobierno estatal a considerar. Estas medidas, aunque no son limitativas, muestran la amplitud que debe tener la reparación:

Medidas de no repetición: buscan visibilizar y prevenir el feminicidio, asegurar que los espacios públicos sean seguros, especialmente para niñas y mujeres, y promover una cultura de respeto. Incluyen:

  • Pavimentación de caminos inseguros.
  • Vigilancia policial, botones de auxilio y cámaras de seguridad.
  • Transporte público accesible para niñas y niños.
  • Charlas comunitarias sobre violencia de género.

Medidas de satisfacción: acciones simbólicas y de memoria para reconocer la vida de Fátima y la demanda de justicia de su familia. Los memoriales son símbolos de llamado al no olvido y a tomar conciencia sobre los feminicidios, incluidos los feminicidios infantiles y adolescentes. Se proponen como ejemplos:

  • Construcción de una estatua en su honor, como símbolo de resistencia y memoria.
  • Disculpa pública con la presencia de su familia, reafirmando el compromiso de las autoridades.

María de la Luz Estrada menciona que estas medidas son propuestas generales que buscan impulsar en los gobiernos estatales el entendimiento de lo que implica la reparación integral del daño. Actualmente, según el OCNF, hay una falta de planes reparatorios efectivos y datos sobre las víctimas indirectas, como cuántas niñas y niños quedan huérfanos por los feminicidios. Este tipo de proyectos ayuda a impulsar ese entendimiento.

¿Por qué es importante?

La decisión de la Corte es vista como una oportunidad para que la justicia mexicana avance. María de la Luz Estrada considera que ayuda a impulsar la erradicación del feminicidio y a que las familias sientan que el daño se está reparando. Las familias afectadas a menudo luchan no solo por su caso, sino también para que otras no vivan episodios similares.

Con esta resolución, la Corte reconoce el contexto de violencia y el impacto complejo que el feminicidio tiene en las víctimas indirectas, incluyendo el desplazamiento forzado. Esto amplía la comprensión del acto victimizante.

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La sentencia es histórica específicamente en materia de reparación del daño en un caso de feminicidio, pues según la coordinadora del OCNF, no ha habido una resolución similar centrada en este aspecto. Es un reconocimiento a la lucha de 10 años de los padres de Fátima.

La decisión de este 14 de mayo no solo representa justicia para Fátima, sino que sienta un precedente crucial para miles de víctimas indirectas de feminicidio en México. Es un recordatorio de la urgencia de fortalecer las políticas de prevención y garantizar que el Estado cumpla su deber de proteger a mujeres y niñas. La Suprema Corte tiene la oportunidad de consolidar un marco de justicia y reparación basado en los derechos humanos, la perspectiva de género y el interés superior de la niñez.

"En México, la justicia para las mujeres no es una opción, es una obligación" (María de la Luz Estrada, coordinadora del OCNF.)

Fátima Quintana: una vida truncada por la violencia

En 2015, Fátima Quintana era una alumna de 12 años de una secundaria en Santa María Zolotepec. Estado de México. Su vida se truncó de manera trágica el 5 de febrero de ese año. Ese día, regresaba a casa de la escuela con su amiga Salma. Cuando se separaron, Fátima desapareció. Sus padres, Lorena y Jesús, comenzaron a buscarla y encontraron su sudadera con gotas de sangre cerca de la carretera Naucalpan-Toluca.

La búsqueda de Fátima llevó a sus padres a descubrir un cuchillo lleno de sangre y sus pertenencias. Finalmente, encontraron su cuerpo sin vida. Los tres agresores, Mizael Atayde Reyes, Luis Ángel Atayde Reyes y José Juan Hernández Tecruceño, habían golpeado, abusado sexualmente y asesinado a Fátima.

A pesar de las amenazas y el miedo, los padres de Fátima lucharon por justicia. Sin embargo, el proceso fue lento y complicado. En 2016, la madre de Fátima recibió una amenaza del padre de uno de los feminicidas.

En 2017, los agresores fueron sentenciados. Mizael Atayde fue ingresado a un centro de internamiento por cinco años debido a su edad. Luis Ángel Atayde fue condenado a 73 años y 4 meses de prisión. José Juan Hernández Tecruceño fue sentenciado a cárcel vitalicia en 2021.

La búsqueda de justicia ha sido un proceso largo y doloroso para la familia. En 2022, Luis Ángel fue condenado a 78 años de prisión, pero Misael, al ser menor de edad al momento de cometer el crimen, recibió una condena de solo cinco años y ya se encuentra en libertad.

La familia también ha tenido que enfrentar la negligencia médica que llevó a la muerte de Daniel, el hermano de Fátima, en 2020. A pesar de las adversidades, los padres de Fátima han mantenido firme su lucha por la justicia para su hija.